1. Cumplir con las funciones asignadas a la policía nacional en el código de la infancia y la adolescencia vigente, de igual forma a las normas y decisiones que para la protección de los niños, las niñas y los adolescentes impartan los organismos del estado.

2. Adoptar y aplicar las garantías de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en los procedimientos policiales atendidos en su jurisdicción.

3. Dar cumplimiento a los programas y campañas de educación, prevención, garantía y restablecimiento de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes en su jurisdicción.

4. Realizar labores de vigilancia y control de las instituciones encargadas de ejecutar las sanciones establecidas en el código de la infancia y la adolescencia, garantizando la seguridad de los adolescentes infractores de la ley penal y evitar su evasión. Atender y tramitar las quejas y denuncias de la ciudadanía sobre amenazas o vulneraciones de los derechos del niño, niña o adolescente atendiendo de manera inmediata los casos para garantizar los derechos y prevenir su vulneración.

5. Realizar capacitaciones y/o actualización constante de la especialidad como policía judicial, derechos de la infancia y a la adolescencia, desarrollo infantil, normas nacionales e internacionales relacionadas y procedimientos de atención y protección integral a los niños, las niñas y los adolescentes.

6. Coordinar con la seccional de inteligencia policial (SIPOL) el cruce de información relacionada con situaciones de vulnerabilidad y riesgo en niños, niñas y adolescentes.

7. Identificar y reportar al jefe inmediato la situación de vulnerabilidad y riesgo de niñas, niños y adolescentes en su jurisdicción que permita orientar el servicio de la especialidad.

8. Realizar las actividades establecidas en la gestión documental, aplicando la normatividad vigente. Velar por el cuidado y preservación de los elementos asignados bajo su responsabilidad.

9. Responder por la calidad, eficiencia, gestión y operación del servicio a su cargo y dar cumplimiento estricto en las políticas y normas institucionales sobre el uso del uniforme, insignias, distintivos y protocolo de la policía nacional.

10. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de su cargo.